jueves, 21 de febrero de 2013

Refutaciones a los Estatutos Secretos de Roncelinus

Los falsos Estatutos Secretos de Roncelinus siguen rondando por libros, artículos y en internet como si fuesen el "santo grial" del ocultismo templario cuando son una invención francmasónica del siglo XVIII con tintes neotemplarios. Hace años (enero de 2001) escribí al respecto unas refutaciones que recupero ahora para este blog transcribiéndolos tal cua, visto que ingenuamente siguen creyendo en su veracidad muchas personas que no han dedicado horas y horas y horas a estudiarlos y contrastarlos debidamente mediante la lectura de artículos, libros, etc... (Nota: las imágenes corresponden a libros sobre el Temple de mi librería personal; su colocación es aleatoria y no tiene que ver específicamente con el texto que hay a su lado).



REFUTACIONES A LOS ESTATUTOS SECRETOS DE RONCELINUS

Ángel Almazán


INTRODUCCIÓN

El monográfico de la lista de Templespaña sobre los, para mí falsos, Estatutos Secretos de Roncelinus, ha dado lugar a un debate en los foros de La Tradición y Anthropos en los que hemos participado.

La labor desarrollada por Templespaña en su monográfico es más que loable, especialmente los artífices de los artículos y traducciones: Fernando Arroyo y Carlos Raitzin, puesto que han ahondado más que nadie hasta el momento -en lengua castellana y que yo sepa- respecto a estos supuestos Estatutos y las figuras de Roncelinus y Roncelin de Fos. Sobre éste, en Francia, ha ocupado la labor investigadora de Jean Luc Alias, especialmente en un monográfico de su revista "Templarium" y en un comunicado en la plataforma interactiva http://www.templiers.org/plates-formes.html que ha traducido Raitzin y que constituye la práctica totalidad de su informe sobre Roncelin de Fos en el citado boletín informativo de Temple España. Por otro lado, poder disponer al completo de una de las traducciones de traducciones de la susodicha "Regla Secreta", es muy de agradecer a Carlos Ratzin. Y como ésta es la que tenemos a ella hemos de remitirnos y no a la que se supone sería la primera publicación de la misma, por parte de Mertzdorff en 1877.

El texto de dicha "Regla" reúne elementos doctrinales dispares y de diversas tradiciones, eso es más que evidente. Y aquellas referencias que son -llamémoslas- "universales" ( Dios es amor, fraternidad de los creyentes en diversas religiones, etc...) son los elementos doctrinales que hay que tener en cuenta como valores positivos de estos supuestos Estatutos. Pero existen otros aspectos que evidencian, a nuestro juicio, las huellas de un gnosticismo dual (que no de gnosis, superadora de la dualidad y la multiplicidad) y que prevalen como eje central de estos "Estatutos". Y es precisamente ese dualismo no integrador de los opuestos (que no gnosis) lo que nos ha puesto en alerta nada más leer los veinte artículos de esta "Regla" que, como muchos que nos dedicamos a los estudios templarios, esperábamos un día u otro tener en las manos en su totalidad. Y la decepción ha sido grande. ¿Hubo Regla Secreta en el Círculo Interior Templario? Seguramente, y muy probablemente fue "oral" -no escrita-.., pero desde luego, mi opinión sincera es que para nada lo debió ser ésta que nos ocupa ahora la atención.

2º) Por otro lado, en "La otra historia de los templarios" de Michael Lamy (Martínez Roca, Barcelona, 1993), respecto a los supuestos Estatutos Secretos de Roncelinus, de los que estamos hablando, dice:

"Por desgracia, estos estatutos milagrosamente reencontrados son falsos, destinados sin duda a probar la filiación de la Orden del Temple y de la francmasonería. Podemos, en efecto, observar numerosas incoherencias en esta pretendida Regla secreta. Los estatutos están firmados por el copista Robert de Samfort, procurador de la Orden del Temple en Inglaterra en 1240 (...) Determinados elementos parecen incluso haber sido tomados de una obra de 1818: el "Mysterium Baphometis Revelatum" de Hammer-Purgstall. Todo ello no excluye en absoluto la existencia de una verdadera Regla, pero no es ésta, eso es todo. Resulta, pues, inútil, insistir en el contenido de los artículos de esta falsificación". (páginas 124-125)

3) Juan Eslava Galán, en su libro "Los templarios y otros enigmas medievales" (Planeta, 1997), escribe sin paliativos lo siguiente: "Otra célebre falsificación templaria fue, hacia 1870, la de Merzdoff, que aseguraba haber encontrado en un códice del siglo XIII las dos reglas de la Orden, una más restringuida para los hermanos escogidos, la verdadera camarilla dirigente, entre cuyos rituales secretos figuraba el beso en el miembro viril del superior, y la regla de los hermanos consolados. Del examen de estas reglas se infería que los templarios con los cátaros y que de ellos descendía, sin lugar a dudas, la masonería operativa". (Este dato fue recordado en los foros por Juan Pablo)

3) Sobre la Regla Secreta que nos ocupa habló algo Patrick E. Braccó en el transcurso del I Simposio Internacional del Temple, celebrado en Soria del 16-19 de julio de 1992 en el Palacio de la Audiencia de Soria, organizado por la Orden Soberana y Militar del Temple de Jerusalén (OSMTJ), en el que colaboramos y se nos otorgó la "Medalla al Mérito Templario". Él mismo era miembro del priorato francés de la OSMTJ. Su conferencia está publicada en el foro Eranos. En lo que concierne a lo que nos atañe ahora, dijo:

"A través de esta breve exposición podemos constatar va que se puede mantener la hipótesis de una doctrina templaria concerniente al hermetismo, mas nos sería difícil proseguir esta conferencia sin hablar de los "Estatutos Secretos de Roncelin du Fos". Este último, caballero del Mediodía francés habría sido iniciado en 1281 como caballero del Templo. Su ascensión, muy notable, le habría permitido modificar la regla de San Bernardo y dictar sus propios estatutos, conocidos bajo la denominación de "El Libro del Bautismo de Fuego" o "Estatutos Secretos dictados para los hermanos por Roncelinus". Estos estatutos que fueron encontrados, en 1780, en el Vaticano por Fréderic Munter, obispo de Copenhague. Sea cual sea la autenticidad de estos estatutos, puede pensarse que son el origen de los rumores que han corrido respecto de los secretos de los templarios (...) En la lectura de algunos extractos se ve que las alusiones a las filosofías extrañas a la Iglesia católica del siglo XIII son numerosas, e incluso que existe una verdadera desconfianza al encuentro con ésta, y que sus ministros son francamente rechazados. En este documento se encuentran elementos del catarismo, del Islam, del judaísmo, de la alquimia, de la gnosis ..., y entre todo ello una gran tolerancia y un desarrollado sentimiento de fraternidad. ¿Son auténticos estos documentos? Lo desearíamos así, porque eso resolvería en parte el misterio de los Templarios y podríamos decir que efectivamente ha existido una gnosis propia de los Templarios; pero sin embargo, es prudente guardar una cierta reserva respecto a este documento, aunque nos ha parecido necesario incluirlo en este trabajo".



AUTORES QUE PARECEN ACEPTARLOS

1º) Nota 76 del libro de Rafael Alarcón "La última Virgen Negra del Temple", Martínez Roca, Barcelona, 1991: "Roncelin de Fos, noble provenzal, ingresó en la Orden del Temple en 1281, pero no consta como Gran Maestre en la lista de los que gobernaron la Orden. La "Regla" que se le atribuye fue descubierta en 1794, en los fondos de la Biblioteca Corsino de los Archivos Vaticanos, por el obispo de Copenhague Friedrich Münter; el documento, redactado a fines del siglo XIII, está firmado por Roncellin de Fos, Gran Maestre Secreto del Temple. Se publicó bajo el título Statutenbuch der Ordens der Templeherren" (p. 391). Esto es lo único que he encontrado, hasta el momento, de Rafael Alarcón, al respecto de estos supuestos Estatutos Secretos. Sin embargo, Alarcón no se vuelve a referir a los mismos en el resto de sus obras, ni se extiende sobre los mismos en la obra citada, lo cual parece significativo de que, en realidad, no cree en ellos.

2º) Gérard de Sède, en "Los templarios están entre nosotros" (Sirio, Málaga, 1985), cita algunas declaraciones de un templario respecto a un Roncelin que introdujo cambios en la regla del Temple. El Roncelin de tales declaraciones, es para Gérard de Sède, Roncelin du Fos, caballero provenzal, "recibido en la Orden del Temple en 1281 por el hermano Guillermo de Beaulieu". A este respecto, de Sède recuerda que Michelet habla de ello al recoger la confesión de Guido Delphim. Igualmente -señala- "hay documentos relativos sobre Roncelin du Fos en "Las costumbres de Lacapelle", boletín histórico y filosófico de Lot, 1897, escrito por el abate Galaberte". Y da por válido que los Estatutos de Roncelinus tienen como autor a este Roncelin de Fos. Ahora bien, transcribe tres artículos de tales Estatutos, cuyo contenido es muy opuesto a los traducidos por Raitzin de una copia en francés que a él le llegó y que provenía de la biblioteca de un francmasón-neotemplario ("templario", según Raitzin, que no neotemplario, aunque falleciera hace pocos años y el Temple fuese abolido en el Concilio de Vienne, en 1313, por quien tenía la competencia y la autoridad: el nefasto papa Clemente V), el conde Menno van Limburg-Stirum, de la filiación alemana de Von Hund, en la que fue a su vez iniciado por el propio Raitzin, según ha escrito éste durante el debate.

En cuanto a la historia de los Estatutos, he aquí como lo resume Gerárd de Sède: "La existencia de una organización y de una doctrina secretas en el seno de la Orden del Temple podía considerarse, no obstante, como una hipótesis construida sobre frágiles indicios hasta el año 1780 en que Federico Munter, obispo de Copenhague, hizo un descubrimiento capital en los archivos del Vaticano.

Era un pergamino cuatripartito que comportaba dos columas de escritura romance en cada página y engalonado con la gran cruz de la Orden del Temple; estaba dividido en cuatro partes.

La primera no es más que la regla oficial de la Orden copiada por un tal Mathie Tramlay "el día de S. Félix del año 1205", hoy en día se conserva en Roma en la biblioteca Corsini.

La segunda y la tercera están firmadas por el copista Roberto de Samfort, que fue, efectivamente, procurador del Temple en Inglaterra. Comportan, efectivamente, treinta y veinte artículos agrupados bajo la inscripción "Aquí comienza el libro del Bautismo del Fuego o de los Estatutos secretos redactados para los Hermanos por el Maestre Roncelinus".

Finalmente, la cuarta parte lleva este título: "Aquí comienza la lista de los signos secretos que el Maestre Roncelinus ha reunido"; (donde da indicaciones criptográficas...).

El obispo Munter no iba a estar mucho tiempo en posesión de estos preciosos documentos. En una carta que escribió a su amigo Vilke, quien preparaba una Historia de los templarios, revela que la mayor parte de ellos desaparecieron no se sabe cómo. En 1877 el erudito alemán Mertzdorff publicó las tres últimas partes del manuscrito descubierto por el obispo y que él había tenido la suerte de encontrar en un legado de archivos privados en Hamburgo" (página 108).

Ahora bien, los tres artículos que transcribe son, digamos, doctrinalmente distintos a los de la copia francesa traducida por Raitzin. Así, por ejemplo, se puede leer que el artículo 20 es totalmente diferente, con el agravante de que es plenamente opuesto a lo dicho en la copia de Ratzin respecto a Jesús: "Nosotros veneramos como Dios al Hijo de María y de José porque ha sido santo, libre de todo pecado y crucificado; pero el madero de la Cruz, lo consideramos como el signo de la bestia del que se habla en el Apocalipsis".

Otro capítulo totalmente distinto es el noveno: "Siendo la ignorancia causa de muchos errores, no será admitido entre los Elegidos ninguno que no conozca al menos el Trivium y el Quadrivium".

El artículo 16 también lo es: "Si un hermano se olvida, sea por ligereza, sea por charlatanería y da a conocer la más pequeña parte de los estatutos secretos o de lo que se hace en los cabildos nocturnos, sea castigado de acuerdo con la amplitud de su falta. Si se os interroga con justicia sobre los usos, leyes, estatutos y empresas secretas de la Orden, resistiros a esa tiranía, negando y jurando vuestra ignorancia".

3) René Lachaud, en Caballeros de Oriente y Occidente (Ed. Apóstrofe, 1998, Barcelona), dice: "El tema de la Regla Secreta fue noticia de nuevo (anteriormente lo había sido en algunas declaraciones de templarios ante sus verdugos inquisidores) en 1877, cuando un tal Metzdorf tradujo y publicó dos documentos que provenían de los archivos de la Gran Logia Masónica de Hamburgo: la Regla de los Hermanos Electos y La Regla de los Hermanos Consolados. Se habla de hermanos consolados, que nos recuerdan a los Perfectos cátaros que recibían el Bautismo de Fuego del Espíritu. Esta regla es conocida como los Estatutos del Maestre Roncelin". La referencia a Lachaud fue dada en los foros, durante el debate, por Juan Pablo Benito, quien no señala si dicho autor, Lachaud, acepta o rechaza la autenticidad de tales Estatutos.




SINCRETISMO DE LOS ESTATUTOS CONOCIDOS

Del análisis temático de los Estatutos traducidos por Raitzin, objeto fundamental de estas refutaciones, hemos encontrado -a nuestro parecer- referencias diversas a las siguientes religiones, tradiciones y sectas:

- Evangelio de Juan con referencias gnósticas: artículos I-II-III-IV
- Apocalipsis de Juan: artículo IV
- Epístolas paulinas: Artículo V
- Catarismo: artículos VI-VIII-XIII
- Alquimia: artículo VIII y XIX (aunque "Arte Real" se considera también la francmasonería a sí misma).
- Anticlericalismo radical: artículos XI y XIII
- Islam: artículos IX, XVI, XVII
- Judaísmo: artículo XIII
- Gnosticismo: artículos III, XIII y XVIII
- ¿Mandeos o Nestorianos? ("...aquellos que habitan en el Líbano"): artículo IX
- Masonería: artículos VIII y VIII
- Drusos: artículo IX
- ¿Elegidos Cohen?: Artículos VIII, XIX y XX
- Magia de talismanes: Artículo XX.

¿Qué significa todo este conglomerado de referencias latentes a tradiciones distintas? ¿Síntesis iniciática o sincretismo deslabazado? Que cada cual, en función de su conocimiento e intuición, juzgue por sí mismo.


REFUTACIONES DOCTRINALES

1) Guénon decía que una Orden Esotérica, especialmente en los tiempos pasados, no tenía Reglas por escrito... Ésta, como la enseñanza, era oral. ¿Por qué no aplicamos esta advertencia al Temple? Por nuestra parte, no precisamos tener ante los ojos Regla Secreta Templaria alguna para estar convencidos de que existió un esoterismo auténtico en algunos templarios (no he dejado de decirlo y de escribirlo en conferencias, entrevistas, artículos y libros, en donde he intentado "demostrarlo" interpretando señales de cantería, canecillos, capiteles... de emplazamientos templarios). Así lo hemos reflejado especialmente en "Los códices secretos del río Lobos. Los custodios del Grial" (Sotabur, 1997) y "Guía templaria soriana y el enigma del río Lobos", Sotabur, 1999).

2) Guénon también decía que el exoterismo y el esoterismo se complementan y son las dos caras de una moneda. ¿Cómo casar esto con ese anticlericalismo radical que destila el artículo XI, máxime cuando precisamente en la Edad Media el esoterismo cristiano existía todavía plenamente? ¿Cómo es posible que el Temple, en 1240 -año en que el presunto copista Robert de Samfort de estos supuestos Estatutos los redacta- sea tan anticlerical? Por el contrario, todos los datos históricos con los que se cuenta evidencian la amigable vinculación del Temple al Papa y su sujeción a la ortodoxia cristiana romana: ahí están las diferentes reglas y estatutos oficiales que lo demuestran una y otra vez.

Ello no obsta para que un Círculo de Iniciados (en los que para nada tenía que estar incluido el Maestre del Temple), partiendo de los mismos rituales romanos (católicos), trascendiesen la propia religión cristiana sintonizando con lo que los esoteristas denominan Tradición Primordial. Precisamente, aquellos que son iniciados en altos grados, y muy especialmente los que han alcanzado el superior, el de adepto, son los que, para ejemplo de la comunidad en la que residen, cumplen con mayor intensidad las manifestaciones exotéricas de la religión de dicha comunidad, según indica Guénon.

3) A la pregunta formulada por el forista Mario Fernández acerca de cómo es posible que grupos intolerantes se apropien - o cuando menos lo intenten- de las enseñanzas "sagradas" y esotéricas, respondimos del siguiente modo, aprovechando los mismos textos de los supuestos Estatutos Secretos, para desvelar el gnosticismo no superado en gnosis que revelan tales presuntos Estatutos:

"Estimado Mario:
Arduo trabajo nos solicita Vd.
Nada es blanco del todo, ni negro del todo.
Observe, por ejemplo, algunos de los datos que aporta la presunta Regla Secreta de Roncelinus y comprobará que ahí existe también intolerancia.
Quien se cree poseedor de la Verdad de forma categórica puede fácilmente caer en la idea de que es un Salvador: quienes estén con él serán los hijos de la luz, y los demás pasan a ser los hijos de las tinieblas que, además, "no conocerán jamás" los "secretos del Reino de Dios" porque son los hijos de la "nueva Babilonia, la que será tornada en cenizas y polvo por los humildes servidores de Dios" (¿cómo casar esto con la afirmación de que "todo hombre que ora a Dios es salvado" a no ser que dándonos cuenta de que ese "Dios" es únicamente la "imago" de Dios que se ha forjado el redactor de estos Estatutos y que, en este caso, no es el del resto del cristianismo puesto que "el Consolado está liberado del yugo que los hijos de Babilonia han establecido sobre la base de los falsos dogmas").
Así es, en nuestra opinión, como empieza todo: creyéndose poseedor de la Verdad y diferenciando tajantemente entre quienes están a su lado, y el resto de la humanidad. Después viene la segunda parte: la de la acción revolucionaria o política. Y luego la siguiente: eliminación física de los hijos de la "nueva Babilonia", pues "a vosotros que sois santos todo os está permitido" (al resto de la Humanidad, no, por supuesto), porque, como le dice el autor a los receptores de estos "Estatutos" (que son los "templos de Dios": el resto no lo es), "vosotros estáis liberados".

Se crea, por tanto, mi estimado Mario, una ideología muy peligrosa: la de pertenecer a una "casta" privilegiada, superior a los demás, por encima de los demás que sólo acogerá a quienes ellos estimen que están animados por "el espíritu divino". No hay "monjes, sacerdotes y obispos, abates y doctores de la ciencia" alguno en los que "el espíritu divino" se halla posado en ellos puesto que "actúan como traidores a fin de enredarlo a uno más fácilmente en el fango de sus crímenes" (¿Acaso el espíritu de Dios no se encuentra extendido en toda la Creación, pregunto yo?. Este clero, automáticamente y sin remisión ni juicio previo, pasa a ser el "enemigo" (en la Alemania nazi lo fueron los judíos, y es que siempre tiene que haber un chivo expiatorio).
Y cada grupo intolerante tiene que tener su "luz y sombra". El Deuteronomio es un libro creado seguramente por Esdrás y, para mí personalmente, es uno de los ejemplos de textos "sagrados" más plagados de intolerancia (léalo detenidamente si no me cree), mientras que el Libro de la Sabiduría y los Salmos es lo contrario. Himmler, el de los campos de concentración y las SS, tenía como libro de cabecera el gran Bhagavad Gîta.
He aquí, Mario, un ejemplo de la ideología que subyace en grupos intolerantes que, en su creencia, creen haber "sido consolados en el terror y en la esclavitud" en la que suponen vivían antes de recibir "el bautismo del fuego".
Es siempre la misma historia. Y total para recibir, como premio, "la ciencia secreta de la Gran Filosofía": la confección de talismanes y su utilización para curar males de ojos, convocar a los espíritus, etc... ¡Pues para eso que lean las Clavículas de Salomón o a Maslama el Madrileño en su Picatrix! ¡Será posible...!".

4) Dicho lo anterior, ¿qué hay de más valioso en estos "Estatutos"? Para mí, el artículo V, entendiéndolo como dirigido a toda la Humanidad: "Vosotros que sois los templos de Dios, construidos sobre los fundamentos de la Sabiduría y de la santidad antiguas, sabed que Dios no hace diferencia entre las personas, sean estas cristianos, sarracenos, judíos, griegos, romanos, franceses, búlgaros, porque todo hombre que ora a Dios es salvado".

Ahora bien, como he señalado anteriormente, el redactor de los "Estatutos" dirige su escrito a un "grupo", al que opone el resto de la Humanidad que no sean "Consolados". Por tanto, sólo considera "templos de Dios" a los miembros de su grupo..., como suele acontecer en sectas y cerradas agrupaciones religiosas.

¿Si Dios no diferencia entre las personas, por qué lo hacen estos Estatutos incluyendo a los que son de su "consolamentum" en la "nueva Babilonia"?

Si todo hombre que ora a Dios se salva, ¿qué pasa con los actos, con las acciones? A dios rogando, pero con el mazo dando, dice el refranero español. La fe sin obras no es suficientes, dijo san Pablo si no me equivoco. No basta orar: hay que obrar en consecuencia y mostrando amor hacia los demás (y no odio, como muestra el gnosticismo dualista de algunos artículos de esta Regla).

Mas volvamos a la "lógica interna" del redactor: Solo se salvan los que oran al "dios" que él se ha ideado (el clero romano oraba a "su" dios -el de la tradición judeo-cristiana-romana-, más ellos no serán salvados, sino todo lo contrario, según sus palabras). Vemos, pues, que una declaración, aparentemente, "universal" como la de este artículo V, tiene una corta aplicación pues sólo es adjudicable para aquellos que estén dotados del "espíritu divino" que se ha posado en los Consolados (sean de la religión que sea).

5) El Artículo III, vuelve a evidenciar este gnosticismo dualista, a la par que menosprecia plenamente la humanidad de Jesús y ensalza al Cristo, o sea, al arconte Cristo, el Salvador, encarnado en Jesús a partir del bautismo en el Jordán y desencarnado de él antes de ser llevado a la cruz, según diversos textos gnósticos de los primeros siglos del cristianismo: "la carne de Jesús para nada puede servir".

Incluso en el Islam, Jesús es el más insigne profeta anterior a Muhammad, altamente respetado e imitado tanto en el creyente exotérico musulmán como en el esotérico. ¿A qué viene, pues, la recurrencia al Islam en estos "Estatutos"? Es una incongruencia total y un desconocimiento enorme, no ya del esoterismo islámico, sino del exoterismo del Islam y del mismo Corán. Además, como hemos visto, el artículo referido por Gérard de Sède, los Estatutos que éste tuvo en sus manos traducidos sí que muestran una visión "tradicional" de Jesús, opuesta a la copia traducida por Raitzin.

6) En alguno de los artículos XIV, XV u XVI (no se especifica en el texto que nos han traducido), se dice que la tercera oración, "llamada de Baphomet, es la que sirve de apertura al Corán y que lleva el nombre de Fatiha". Esto si que merece un comentario por mi parte. Y los ritos que aquí se describen son un guiguirigay de diversas religiones, algo realmente inadmisible en la ortodoxia de la gnosis iniciática, según Guénon.

Comencemos con el tema del Baphomet.

En nuestra "Guía templaria soriana y el enigma del río Lobos" (1999) dedico al Baphomet cuatro páginas (150-153). Y digo allí: "El nombre de este presunto "ídolo" templario, Baphomet, proviene de la declaración de frey Gaucerant, sargento de Mont Pezat, quien dijo que era la cabeza de un hombre barbado, "in figuran baffometi" (en forma de baffomet), y que sólo a través de ella podría salvarse, según le habían dicho. A su vez, un templario anónimo, en 1265, tras la pérdida de Arsouf había escrito la palabra "bahomería" en vez de "mahomería", de donde ha surgido la tesis de que Baphomete es una deformación languedociana de Bahomet-Mahomet-Mahoma (...) Hammer-Purgstall estima que "Baphe" es una deformación de "Bafe" (inmersión, baño) y "Met" derivaría de "meteos" ("espíritu, iniciación"), lo que supondría un símbolo gnóstico de un "bautismo del fuego-espíritu", lo que parece estar en correspondencia con la fiesta templaria de Pentecostés en que celebraban los templarios el "bautismo apostólico del Espíritu Santo"...". Desconocemos otras referencias de templarios, procesados en Francia, que mencionen la palabra Bafomet que, tan alegremente, sale a relucir también en el artículo XVII.

- Recordemos, al respecto, lo que dice Lamy: "Determinados elementos (de estos Estatutos Secretos) parecen incluso haber sido tomados de una obra de 1818: el "Mysterium Baphometis Revelatum" de Hammer-Purgstall.".). Y volvamos a recordar lo que dice González Cremona tomándolo de Ziegler: "la utilización de la palabra Bafomet vuelve sospechoso este documento, que la mayor parte de los historiadores considera apócrifo". Hammer Purgastall, en su libro, consideraba a los templarios como practicantes de brujería y magia negra, y como prueba colocaba el presunto culto al Bafomet.

7) La primera sura del Corán es la "clave" de este libro sagrado del Islam. Para nosotros es, sencillamente, maravillosa:

"En nombre de Dios, el Clemente, el misericordioso.
Loa a Dios, Señor de los Mundos.
El Clemente, el Misericordioso.
El Rey en el día de la retribución.
A ti es a quien adoramos, de ti es de quien imploramos socorro.
Dirígenos por el camino recto,
Por el sendero de aquellos a quienes beneficiado
No el de los que son objeto de la ira, ni el de los errados"

Los tres últimos versos o aleyas están explicados esotéricamente y magistralmente por René Guénon en las páginas 169-171 de "El simbolismo de la Cruz" (ed. Obelisco). También puede encontrar el interesado interpretaciones muy buenas en las páginas de Webislam y la exégesis realizada por Abderramán Mohamed Maanán en www.zawiya.org.

Los que están en el "error" , según explica Guénon, "son los que, como ocurre con la inmensa mayoría de los hombres, están atraídos y retenidos por la multiplicidad..." La palabra Islam es camino recto, entendido como sumisión a la Volundad divina, "por esto algunas enseñanzas esotéricas dicen que todo ser es un muslim, en el sentido de que nadie puede sustraerse a dicha Voluntad y que, en consecuencia, cada cual ocupa, necesariamente, el lugar que le está asignado en el conjunto del Universo. Así pues, la diferencia entre seres "fieles" (muminin) e "infieles" (kuffar) sólo consiste en que los primeros se conforman consciente y voluntariamente con el orden universal, mientras los segundos los hay que obedecen a la ley en contra de su voluntad y otros que se encuentran en la pura y simple ignorancia...Los "fieles" serán aquéllos que sigan el "camino recto", el lugar de la "paz", y su conformidad con el Querer universal hace que sean los colaboradores del "plan divino"..."

Y bien ¿qué tiene que ver esta percepción tradicional con el dualismo gnóstico (que no "unidad en la gnosis") que nos muestra esta presunta "Regla Secreta de Roncelinus", máxime cuando el esoterismo islámico formaba parte del esoterismo templario como intentaré exponer dentro de unos meses en nuestro próximo libro, "Templarios y espiritualidad islámica. En busca del Anillo de Salomón"...?. Y no sólo estaba en la génesis del esoterismo templario, sino en su continuación, adoptando otros canales exteriores, pues, según dice Guénon en el capítulo 28 de "Consideraciones sobre la Iniciación": "Parece ser que, después de la destrucción de la Orden del Temple, los iniciados del esoterismo cristiano se reorganizaron, de acuerdo con los iniciados del esoterismo islámico, para mantener, dentro de lo posible, el lazo que aparentemente había sido roto tras esta destrucción; pero esta reorganización debió hacerse de una manera muy oculta, invisible, sin tomar su apoyo en ninguna institución conocida exteriormente, y que como tal hubiera podido ser destruida una vez más".

Artículo XVIII.: "El neófito es conducido a los archivos donde se le enseñan los misterios de la Ciencia divina, de Dios, de Jesús niño, del verdadero Baphomet, de la nueva Babilonia, de la naturaleza de las cosas, de la vida eterna, así como también "LA CIENCIA SECRETA DE LA GRAN FILOSOFÍA: ABRAX Y LOS TALISMANES". Cosas éstas que deben ser rigurosamente ocultadas a los eclesiásticos admitidos en la Orden".

Esto es ocultismo decimonónico, que no esoterismo.

¿A qué viene decir que se enseñará lo que es el verdadero Baphomet cuando, -si los estatutos son ciertos-, nadie había puesto todavía en entredicho lo que era o no era el Baphomet entre los miembros de ese grupo (mas fuera de él, donde ni se conocía tal nombre ni "ídolo"? He aquí una prueba clara, a nuestro parecer, de que estos "Estatutos" son falsos, o sea, no son templarios y, ni mucho menos, del Círculo Interior (el realmente iniciático). Cabe hablar de verdadero y falso bafomet en las especulaciones surgidas -como muy pronto- durante el proceso inquisitorial contra el Temple ( a partir de 1307), pero no en 1240 (fecha de estos "Estatutos) ...

Los misterios de "Jesús niño" nos sugieren referencias a los evangelios apócrifos referentes a la niñez de Jesús, que son totalmente "folclóricos" en este aspecto concreto. Y aquí no cabe pensar en el arquetipo del "Puer Aeternus" o del "Niño Dios", puesto que la "Regla" ha diferenciado plenamente entre Jesús de Nazaret y Cristo, que son dos "entes" distintos.

9) Pero lo que ya desenmascara el fraude de estos "Estatutos" (seguramente creados por alguna logia francmasónica de finales del XVIII o comienzos del XIX), es el remate: que la ciencia secreta de la Gran Filosofía se reduce a crear talismanes con la figura de Abraxas. Ni siquiera Eliphas Levy se habría atrevido a tanto. Con ello patentizan los autores o autor de estos "Estatutos" su desconocimiento de la gnosis, aunque si pone en evidencia que conoce algunas corrientes del gnosticismo y del ocultismo.

10) Así, pues, nos hallamos ante unos Estatutos (nos referimos a los traducidos por Raitzin) que son, siempre a nuestro entender, una expresión ocultista del sincretismo de alguna logia francmasónica. No hay síntesis tradicional y esotérica, sino sincretismo, su opuesto, pues la síntesis "parte de los principios, o dea de lo que hay más en el interior, va del centro a la circunferencia, mientras que el sincretismo se queda en la circunferencia" y, al respecto, hay que recordar que "todo lo que está realmente inspirado por el conocimiento tradicional procede siempre del interior y no del exterior" (René Guénon, Consideraciones sobre la Iniciación, capítulo VI).

Estos Estatutos que nos ha traducido Raitzin muestran una mezcla de formas tradicionales y también de conceptos ocultistas, posiblemente, decimonónicos. Y ahí está Guénon, en el capítulo VII de la obra citada anteriormente, para advertirnos sobre tales mezclas. Leámosle: "Además de la razón propiamente doctrinal que se opone a la validez de toda mezcla de las formas doctrinales, es una consideración que, por ser de un orden más contingente, no es menos importante bajo el punto de vista que podríamos denominar "técnico". En efecto, suponiendo que alguien se encontrara en las condiciones requeridas para cumplir los ritos relevantes de varias formas tradicinales de tal manera que unos y otros tengan efectos reales, lo que implica naturalmente que exista cuando menos lazos efectivos con cada una de esas formas, podrá llegar, e incluso llegará casi inevitablemente en la mayor parde de los casos, que estos ritos harán entrar en acción no sólo influencias espirituales, sino también, e incluso desde el comienzo, influencias psíquicas que, no armonizándose entre ellas, chocarán entre sí y provocarán un estado de desorden y de desequilibrio afectando gravemente a quien las hubiese suscitado inprudentemente; y advertimos que tal peligro es de aquellos ante los que no conviene exponerse desconsideramente. El choque de las influencias psíquicas es de temer, por una parte, como efecto del empleo de los ritos más exteriores, es decir, de aquellos que pertenecen al lado exotérico de diferentes tradiciones, ya que es bajo esa relación que éstas se presentan como exclusivas unas de otras; la divergencia de las vías son tanto mayor cuanto más lejos están del centro; y, por otro lado, aunque esto pudiera parecer paradójico a quien no reflexione lo suficiente, la oposición es tanto más violenta en las tradiciones a las que se les consideran con más caracteres comunes, como, por ejemplo, en el caso de quienes adoptan exotéricamente la forma religiosa propiamente dicha, pues las cosas que son mucho más diferentes es más difícicil que entren en conflicto, por el hecho mismo de tal diferencia; en este ámbito como todos los demás, no puede haber lucha más que a condición de situarse sobre el mismo terren. No insistiremos más, pero sería de desear que al menos esta advertencia bastara a quienes pudiesen ser tentados de realizar tales disconrdancia; que no olviden que el ámbito puramente espiritual está sólo donde está amparado de todo alcance, porque las mismas oposiciones no tienen ningún sentido, y que, mientras que el ámbito psíquico no sea completa y definitivamente sobrepasado, los peores contratiempos pueden ser posibles, incluso, y deberíamos decir quizás sobre todo, para los que ejercen más resueltamente la profesión de no creer".



CONSIDERACIONES FINALES

1) La Orden del Temple ha sido estudiada por numerosos historiadores reputados, algunos de los cuales incluso la tomaron como objeto de sus tesis doctorales.

En los cartularios, en los archivos nacionales, en las bulas papales y en los decretos de los concilios de la Iglesia Católica se puede seguir parte de su historia., que surge en 1119 si bien queda institucionalizada, con el refrendo del Concilio de Troyes, en 1128, con el apoyo de san Bernardo de Claraval.

Sus reglas y estatutos oficiales eran de una estricto ascetismo y dureza, tanta que dudo mucho que ningún neotemplario sea capaz de cumplirla en la mayoría de sus artículos hoy día.

En el Concilio de Vienne, en 1312, el nefasto papa Clemente V, en connivencia con el codicioso Felipe IV el Hermoso, rey de Francia, decreta la DISOLUCIÓN de la Orden del Temple, y en 1314 moriría en la hoguera el último maestre, Jacques de Molay.

La Orden del Temple, por tanto, dejó de existir oficialmente con la bula vergonzosa de su disolución por parte de Clemente V, y simbólicamente, con la muerte en la hoguera de Jacques de Molay. Así lo aseguran millares de libros en todo el mundo y lo afirman millares de historiadores, y lo patentiza la bula de disolución. El Temple, diríamos actualmente, era como una "prelatura personal" del Papa, y él era el único jerárquicamente autorizado para disolverlo o para extinguirlo (optó por lo primero).

Estos son los hechos.

Y ahora viene la METAHISTORIA.

2) Creemos, con René Guénon, que la Orden del Temple sirvió de puente de transmisión de lo que se ha venido en llamar Tradición Primordial a Occidente a través del contacto, fundamental, con órdenes y cofradías esotéricas islámicas. En nuestra página Web y en el foro Eranos pueden leerse las consideraciones que Guénon tiene al respecto y varias nuestras (que por otro lado, hemos reflejado en decenas de artículos y varios libros). 


Creemos que sólo una parte mínima de Templarios conocían el esoterismo y que, junto a ellos, había otros iniciados (no templarios) que colaboraban (o les dirigían) en la vía interior y exterior.

Creemos que en numeras marcas de cantería, canecillos, capiteles, estructura geométrica de sus templos en planta y alzada, sellos, lápidas.., quedaron reflejados parte de ese saber iniciático que nos está esperando para que vayamos incorporando en nosotros, poco a poco, su simbolismo metafísico y arquetípico.

Creemos en la existencia de agrupaciones, sociedades u órdenes que, incluso antes de la ABOLICIÓN CANÓNICA de la Orden en Vienne, surgieron con un tinte claramente filotemplario, tanto en el orden exotérico como en el esotérico, para "salvar" lo que era aún salvable...(Una Orden esotérica no se extingue por cuestiones de una acción externa papal o política, sino como mucho, cuando muere el último de sus iniciados sin haber "pasado" la iniciación a nadie, pero el Temple no era una orden esotérica, sino que dentro de él había templarios que sí eran iniciados

Creemos que han existido influencias esotéricas de ese "Temple Oculto" a las cofradías de constructores (y recíprocamente) que posteriormente quedaron reflejados en algunos símbolos y rituales francmasónicos.

3) Ahora bien...

El Temple no es la madre del cordero. Es un cordero más.

La Orden del Temple fue un canal o instrumento exotérico para una actuación esotérica planeada desde los planos metahistóricos y dirigida al ámbito histórico. Labor que -imagino- tuvo éxito en algunos objetivos y fracasó en otros (visto desde un punto de vista humano).

ABOLIDA la Orden y quemado su último maestre, esa función metahistórica, en la medida en que ello fue posible en una sociedad europea que se iba desacralizando a marchas aceleradas, pasó a ser desempeñada por otros canales y medios que, en su origen es muy probable que derivasen filialmente del Temple exotérico y del Temple Oculto (Interior o Esotérico). Pero esos nuevos canales no eran ya el Temple. No podía serlo, pues la Orden del Temple había quedado abolido por el Papa, y su maestre, comendadores, priores, etc... lo acataron en cumplimiento de sus Reglas y estatutos oficiales.

Y a partir de ahí... todo son especulaciones, todo son teorías, y muchas leyendas se han forjado sobre el esoterismo templario. Las mas serias, a nuestro parecer, son las de René Guénon...

Nada hay escrito sobre tal esoterismo que sea fehacientemente templario (o sea, escrito por algún templario).

4) Algunos han supuesto que sí lo eran los llamados Estatutos de Roncelinus que al parecer encontró Munter, obispo de Copenhague, en el Vaticano, y que pudieran ser los que publicó en 1877 Mertzdoff. Pero cabe formularse diversas preguntas: ¿Realmente Munter encontró tales documentos en el Vaticano? Si esto fue así, lo lógico es que copiase tales escritos (resulta difícil creer que robase los presuntos documentos), pero si así fue, ¿cómo es que las logias franmasónicas no difundieron los originales cuando Napoleón hizo llevar a París en 1810 el dossier del Temple existente en los archivos vaticanos? (¡Por qué no existían!) Incluso la fecha de tal descubrimiento de Munter varía, según lo diga uno u otro autor (1780, dice Gérard de Sède; 1794 otros..), incluso la sede del episcopado de Münter varía: Seeland (González Cremona, Jean Luc Alias...), Copenhague los demás.

De Séde indica que la mayor parte de tales documentos le desaparecieron de las manos muy pronto a Münter, y la siguiente referencia que se tiene es que el masón Mertzdoff encuentra unas copias en una logia francmasónica de Hamburgo, dice que son traducción de lo encontrado por Münter y lo publica en 1877. Seguidamente se hicieron, por lo que hemos visto, traducciones diversas y "tergiversaciones varias" también sobre ese texto publicado por Münter.

O sea: ¿cómo se puede afirmar por tanto que el ORIGINAL es de 1240 si no se tiene? ¿Porque así lo dijeran Münter y Merzdoff en su momento..? Si el documento hubiese existido y fuese real, el Vaticano lo habría esgrimido una y otra vez como prueba de que el Temple tenía una cara oculta no católica, y que, por tanto, Clemente V no había errado en abolirla? A su vez, los historiadores católicos la habrían utilizado con el mismo objetivo en sus libros de historia...

Nuestra hipótesis es la siguiente: a partir de 1740 surge públicamente la relación Temple-Francmasonería en obras de teatro, novelas, logias, etc... En 1780 comienzan las relaciones entre los Iluminados de Baviera y la Estricta Observancia Templaria de von Jund (que había fallecido en 1776). El conde Cagliostro, en diciembre de 1789, encarcelado en Roma, afirma que existía una conspiración para acabar con la Iglesia católica y con las monarquías. La Revolución Francesa parece darle la razón, opinan en el Vaticano. Y es poco después, cuando ¡Voilá...! aparece en la chistera del mago (el obispo Münter) unos documentos que demuestran la heterodoxia del Temple, etc, etc... Y cien años después ¡Voilá...!, la chistera del mago (esta vez el francmasón Mertzdoff) ¡encuentra tales documentos en los archivos de la Gran Logia de Hamburgo..! Y de la publicación de Mertzdoff surgirán diversas "traducciones", con sus artículados distintos y textos parecidos, en unos casos, y muy diferentes en otros, como lo prueban los artículos referidos por Gérard de Sède y González Cremona, en relación a los que son especialmente objeto de nuestras refutaciones: los traducidos por Raiztzin provenientes de la filiación de von Hund. El artículo 27 de la Regla de los Hermanos Elegidos que transcribe Ziegler es más que clarificadora pues habla de que hay que arreglar la casa "como nuestros usos secretos lo exigen, lo que debe ser hecho con un maestre masón, que es un descendiente de nuestros padres".

Mas hay que señalar que para nosotros no nos hacen falta papeles escritos por algún templario real para creer en la existencia de un esoterismo en un Círculo Interior Templario: nos basta dirigirnos a la hoy ermita templaria de San Bartolomé de Ucero para convencernos de ello descifrando el simbolismo complejo, y de varios niveles de comprensión, existentes en este templo. Y nos es suficiente con ver el sello gnóstico del Temple, o el de los dos caballeros en un sólo caballo, o el del Templo de la Roca de Jerusalén, para estar seguros de tal esoterismo.

Es a partir del siglo XVII, y muy especialmente en el XVIII - para luego ir creciendo en el XIX y seguir aflorando como setas ya en el XX-, cuando surgen órdenes y más órdenes que aseguran ser las auténticas descendientes, no ya solo del Temple exotérico, sino del Temple Oculto. Y aquí es donde, ya, todo se desmadra... Sus miembros se enfurecen si les llaman neotemplarios puesto que ellos se autoproclaman templarios (aunque no cumplan prácticamente ninguno de los deberes y obligaciones "monacales" y de vida caballeresca que marcan las Reglas y estatutos del Temple histórico). Los de una orden se niegan a aceptar que los de las demás sean "auténticos", y entre algunos de ellos se cruzan hasta insultos que no dudan en plasmarlos en los medios de comunicación... Por ejemplo, la llamada "Carta de Transmisión" de Larmenius, que es el documento oficial base del que parte la OSMTJ anatemiza y excomulga a los templarios escoceses, por lo que, en caso de que tal Carta sea auténtica, se viene a decir que el "escocismo" (francmasónico y neotemplario, por ejemplo el de la filiación de Von Hund) son más falsos que la una.., y vicecersa me imagino, o sea, que el "escocismo" considerará falsa la Carta de transmisión de Larmenius...

Concluyendo: el Temple quedó abolido en el siglo XIV, pero ha conformado una especie de arquetipo que mueve a muchísimas personas, hoy día, a indagar el misterio que parece existir en su metahistoria, y en esa búsqueda cada uno, en realidad, está ahondando en su alma primero y luego en su espíritu..."Algo" hubo en el Temple, pero también "Algo" surge desde nuestro más profundo Ser que intentamos encontrar o descubrir en el Temple cual si éste fuera un "espejo" en el que, sin darnos cuenta, contemplamos un cachito de nuestro Sí-Mismo si nos dejamos mecer por el espíritu y no irrumpe el juicio analítico racional que es la gran puerta y gran muralla que imposibilita el acceso a las realidades profundas de la existencia.

1 comentario:

  1. Es un placer poder presentaros saludos.

    Os animamos a que veáis el vídeo de presentación de nuestra humilde obra editorial:
    "Bitácora de un Masón. Enigma secreto de una travesía iniciática".

    La dirección de nuestro canal de vídeo es la siguiente:
    http://www.youtube.com/user/BitacoraMason

    Deseamos que os pueda interesar y que os animéis a consultar mayor información en los siguientes portales:
    - Blog digital: http://bitacoradeunmason.blogspot.com.es/
    - Portal editorial: http://www.bitacoradeunmason.com/

    Os agradeceríamos que hagáis difusión de nuestra obra a través de vuestras fraternales redes sociales.

    Recibid un abrazo.

    Hiram Muaddib.

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